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Educación en Chile

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Introducción

Educación en Chile, sistema educativo de Chile.

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Legislación vigente del sistema educativo chileno

Los principios fundamentales del sistema educativo chileno se han consagrado básicamente en la Constitución política de Chile, aprobada en 1980, y en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza de 1990.

La Ley de Enseñanza señala en su artículo 2 que la educación tiene como finalidad “alcanzar el desarrollo moral, intelectual, artístico, espiritual y físico de las personas..., capacitándolas para convivir y participar de forma responsable y activa en la comunidad“. El artículo 19 hace referencia a la obligatoriedad de la educación básica y a la financiación estatal de la enseñanza básica obligatoria.

El principio de libertad de enseñanza (véase Libertad de cátedra) se especifica en el artículo 19 de la Constitución, que “incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”, y añade que “la libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional”.

A comienzos de la década de 1990 se inició una trascendental reforma educativa, la mayor en la historia de Chile y una de las más importantes realizadas en los últimos años en América Latina. Sus objetivos: la calidad y la equidad. El nuevo currículum se adecuó a las necesidades educativas del siglo XXI, se aumentaron las raciones alimenticias, se repartieron textos escolares en todos los establecimientos subvencionados del país y se facilitó el acceso a la informática educativa en la práctica totalidad de escuelas y liceos. Además, las rentas de los docentes se duplicaron.

La Reforma Educacional contempla cuatro grandes ámbitos: los programas de mejoramiento e innovación pedagógica, el desarrollo profesional de los docentes, la jornada escolar completa y la reforma curricular. Una de las últimas modificaciones a la Constitución fue asegurar doce años de escolaridad obligatoria y gratuita; de esta manera, el Estado garantiza el acceso a la enseñanza básica y media para todos los chilenos hasta los 21 años de edad.

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Niveles del sistema educativo

La estructura actual del sistema educativo chileno comprende cuatro niveles:

  • - Educación preescolar o parvularia (EP)
  • - Educación general básica (EGB)
  • - Educación media (EM)
  • - Educación superior (ES)

La educación preescolar no es obligatoria y está destinada a atender a los niños y niñas hasta los 6 años de edad.

La EGB existe para niños y adultos, y es obligatoria. Está dividida en dos ciclos: el primer ciclo comprende los años 1° a 4°; el segundo ciclo, 5° a 8°, éste a su vez dividido en dos subciclos: 5º-6º y 7º-8º. La promoción del 1º al 2º año exige sólo haber asistido al 85% de las clases. Véase Enseñanza primaria; Enseñanza secundaria.

La EM, obligatoria desde la reforma de la década de 1990, también se ofrece para adolescentes y adultos. Tiene por objetivo procurar que cada alumno logre el aprendizaje de los contenidos mínimos obligatorios, asumiendo de forma responsable sus compromisos con la familia, la comunidad, la cultura y el desarrollo del país. Tiene una duración de 4 años y está compuesta por dos modalidades: la humanístico-científica (EMHC) y la técnico-profesional (EMTP). La edad límite para el acceso es de 18 años. Véase Enseñanza media superior.

La educación superior comprende tres tipos de instituciones reconocidas por el Estado: las universidades, los institutos profesionales (IP) y los centros de formación técnica (CFT).

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Otros tipos y modalidades de educación

4.1

Educación especial

Esta modalidad constituye una especialización diferenciada e interdisciplinaria de la educación común, destinada a aquellos niños que en forma transitoria o permanente no pueden seguir el sistema educativo común. Por ello, la educación especial y diferencial se esfuerza en lograr la integración progresiva del niño en los grupos normales, e influir en estos para que reciban al niño limitado como un miembro más de la comunidad.

La educación especial se lleva a cabo en establecimientos educativos específicos, en unidades educativas y en organismos especializados encargados de elaborar diagnósticos, apoyar de forma psicopedagógica y capacitar a aquellos alumnos que presentan trastornos de aprendizaje.

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