Tiene como misión esencial administrar
Justicia.
La Corte Suprema de Justicia es el más alto Tribunal
existente en el país. Es un órgano colegiado
integrado por 21 ministros. Su jurisdicción abarca
todo el territorio nacional. Le corresponde la superintendencia
directiva, correccional y económica de todos los tribunales
de la nación, salvo el Tribunal Constitucional, el
Tribunal Calificador de Elecciones, y los Tribunales Electorales
Regionales.
Los integrantes del Poder Judicial deben establecer lo que
es justo para cada caso particular del cual les toca conocer
y fallar, enmarcado dentro del ordenamiento jurídico
vigente y según su competencia.
La nueva Constitución Política de la República
establece que el Poder Judicial tiene “la facultad
de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas
y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente
a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente
de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno,
ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes,
revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o
hacer revivir procesos fenecidos” (Artículo
76).
Jerárquicamente, por debajo de la
Corte Suprema, se encuentran las Cortes de Apelaciones, que
se distribuyen a lo largo del territorio nacional. Dependiendo
de la Corte de Apelación respectiva se ubican los Juzgados,
que pueden ser del Crimen, Civil, de Menores y del Trabajo.
Las bases Constitucionales del Poder Judicial están
dadas por los principios de:
- Independencia, de los otros poderes del Estado
para el cumplimiento de sus funciones.
- Legalidad, es decir, los tribunales deben estar establecidos
por ley al igual que las causas que tramitan y fallan.
- Inamovilidad, los jueces permanecen en sus cargos
aunque no de manera absoluta, permitiendo que los tribunales
actúen libres de presiones y con imparcialidad.
- Inexcusabilidad, los jueces deben resolver siempre
los asuntos de su competencia, sometidos a su consideración
a pesar que no exista una ley respectiva.
- Responsabilidad, de los actos que se ejecutan dentro
de las funciones como jueces
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