REFORMA MONETARIA Y ESTABILIDAD ECONOMICA EN LA ARGENTINA

 

I: INTRODUCCION:

 

El proceso hiperinflacionario que atraviesa la sociedad argentina sólo puede ser neutralizado y superado definitivamente con medidas conducentes a restablecer el equilibrio fiscal u cuasi-fiscal.

La historia nos demuestra invariablemente (Francia: principios del siglo XVIII; Estados Unidos 1861-1862; Alemania 1924; Hungría 1945; Bolivia 1985)los efectos producidos por los procesos hiperinflacionarios, que han destruido, en la mayoría de las ocasiones, el tejido social de las naciones involucradas.

Las medidas proyectadas por la conducción económica, en lo relativo al control del déficit fiscal y cuasi-fiscal, deberán ser acompañadas por el establecimiento de una moneda sana, estable y no sujeta a decisiones políticas que distorsionan su valor intrínseco. Cumplirá su específica función de medio cancelatorio de pago y su estabilidad concurrirá paralelamente en la determinación de los precios relativos.

La respuesta social a estas medidas monetarias la vivimos, aunque en forma parcial, lamentablemente, a través del Plan Austral. La confianza en una moneda sana conlleva, decididamente, a la disminución de la velocidad monetaria, generada –entre otros factores, por la desconfianza en sus tenedores.

La falta de implementación definitiva de lo aquí realizado en 1985 por las autoridades económicas; especialmente en la falta de ataque frontal al déficit fiscal y cuasi-fiscal, condujo a la pérdida de sustento económico-financiero del conjunto de medidas por entonces formuladas. No basta con ampararse en voluntarismos estériles y aprovecharse de la confianza brindada por la población; es necesario atacar las deficiencias estructurales de la economía en su raíz, soportando el costo político inicial, a efectos de lograr, en un futuro mediato, la estabilidad definitiva en la materia tantas veces anhelada y aún no lograda.

La consecuente reducción de los activos financieros remunerados por el B.C.R.A. (encajes bancarios), que en la actualidad alcanzan aproximadamente al 70% de los depósitos, evitará que dichos encajes operen como factor de distorsión más que de estabilización, aumentando progresivamente la capacidad prestable del sistema financiero.

Por consiguiente, el circuito financiero encontrará la transparencia necesaria y la tasa de interés operará en baja como resultado natural de la oferta monetaria.

El efecto Olivera-Tanzi, producido por la depreciación monetaria constante en relación a los ingresos fiscales, será neutralizado al alcanzarse la estabilidad monetaria, con la consiguiente mejora real en los ingresos de las empresas proveedoras de los servicios públicos.

La confianza en la nueva moneda traerá como consecuencia intrínseca el acceso genuino de capitales extranjeros y argentinos emigrados al exterior, aumentando el circulante en forma genuina, sin efectos expansivos con consecuencias inflacionarias, ya que el B.C.R.A. sólo emitirá divisas contra patrón dólar estadounidense.

Como lo expresara el Dr. Roberto Alemann "la moneda escasa que resulta de la política de no emitir sin respaldo, será demandada por propios y extraños y marcará el camino de la recuperación económica del país".

 

II. IMPLEMENTACION DEL CAMBIO DEL SIGNO MONETARIO:

 

Teniendoen cuenta que el M1 (monedas y billetes en circulación mas depósitos a la vista) y el M2 (depósitos en cajas de ahorro y a plazo fijo) sólo alcanzan en la actualidad a U$S 3.500 millones y que se estima una suma levemente superior atesorada por el público, el cambio del signo monetario por uno nuevo bajo patrón dólar 1 a 1 como referencia, podrá ser factible sin producir efectos no deseados o contractivos del circuito económico.

La circulación paralela y transitoria de dos monedas de curso legal, con similares efectos cancelatorios, traerá como consecuencia natural, de cumplirse eficientemente el estricto ajuste fiscal y tarifario, que el público voluntariamente trate de protegerse en moneda sana y nacional, emitida por el B.C.R.A. del patrón metario exigido en el párrafo anterior.

Perderá vigencia e interés el ahorro o atesoramiento en dólares, ya que el libre acceso y tenencia de una moneda sana y estable, mecanizará el circuito crediticio genuino, por lapsos prolongados, movilizando capitales nacionales y extranjeros a tasas, aunque en principio sensiblemente altas, que luego irán tendiendo a la baja a medida que se consolide y reestablezca el circuito económico en todas sus fases, desde la formación de los costos de los insumos hasta la determinación del precio final al consumidor.

La estabilidad de los precios relativos posibilitará el financiamiento por vía del crédito genuino –hoy inexistente- y el acceso al consumo de bienes durables de gran parte de la población, la más castigada por la inflación ya que no cuenta con la mejora no dineraria que implica el crédito, como así también incentivará la inversión y el ingreso voluntario e irrestricto de capitales nacionales y extranjeros.

 

III. PROCEDIMIENTO:

 

A partir de la publicación de la presente normativa, entrará en vigencia el nuevo signo monetario, estableciéndose la paridad 1 a 1 con el dólar estadounidense.

El instrumento de pago aquí creado respetará siempre la paridad precitada (flotación sucia), por lo que al establecerse la nueva moneda no encontrará sustento la variación de la cotización de la moneda norteamericana, ya que es requisito indispensable de su subsistencia el respeto exhaustivo que la autoridad monetaria mantenga con el patrón de cambio fijado.

La emisión de la nueva moneda se hará exclusivamente contra la captación de australes, neutralizando de esta forma el efecto expansivo e inflacionario que provoca la emisión espúria de dinero.

Sólo se autorizará la emisión monetaria nacional en los siguientes supuestos:

  1. Por ingresos genuinos de moneda extranjera.
  2. Por ingresos de créditos externos con destino fehaciente hacia actividades productivas.
  3. Transitoriamente se emitirán contra rescate de australes hasta alcanzar se reemplazo total, no pudiendo ser mayor la cantidad a emitir a la suma de M1 y M2 existente en el momento de implementación de la nueva moneda.

Será autorizada la circulación paralela de ambas monedas con similares efectos cancelatorios de pago, hasta tanto se neutralice la totalidad del circulante en australes por el nuevo signo monetario.

El interés sugerido por la autoridad monetaria se fijará, en principio, en un 12% nominal anual, dejándose en libertad de acción a las entidades bancarias y financieras para la determinación de las tasas activas y pasivas, conforme a las leyes de mercado.

Como base de implementación gradual del sistema aquí planteado, en materia salarial las remuneraciones de los trabajadores públicos y privados, serán abonados en forma creciente con la nueva moneda; a saber:

Primer mes: 5%

Segundo mes: 10%

Tercer mes: 20%

Cuarto mes: 40%

Quinto mes: 60%

Sexto mes: 80%

Séptimo mes: 100%

El público tendrá libre acceso al cambio de australes por la nueva moneda por intermedio de las entidades bancarias y financieras, que canjearán los billetes de curso legal en el territorio de la República Argentina al cambio oficial de paridad con el dólar estadounidense.

Los depósitos efectuados en entidades bancarias y financieras serán convertidos ipso-iure a la nueva moneda a valor nominal de paridad, sin quita ni desagio en su capital e intereses.

 

IV: EFECTO SOCIOLOGICO:

 

Es conocido históricamente que toda sociedad tiende a acumular moneda sana y a desprenderse de aquella inestable y con poder cancelatorio de pago disminuido diariamente por las constantes variaciones de los precios relativos.

La voluntariedad en el acceso del público al gradualismo aquí proyectado, acompañada por un horizonte de estabilidad y de rendimiento productivo favorable, acrecentará la demanda del nuevo signo monetario, transitoriamente de circulación paralela al austral, estimándose su total y definitiva implementación con anterioridad al plazo prefijado.

La disminución de activos remunerados en entidades bancarias (efectivo mínimo) no producirá efectos expansivos e inflacionarios, ya que la emisión de la nueva moneda será, indefectiblemente, en relación al patrón dolar estadounidense.

Las empresas podrán pautar sus líneas de producción en base a mecanismos estables que les faciliten el ofrecimiento de créditos a sus potenciales clientes.

Asimismo, fomentará la productividad en forma genuina y programada, sin necesidad de promociones regionales que distorsionan los mercados o subsidios que desequilibran el esquema de precios relativos.

El plazo tentativo de sustitución del austral por la nueva moneda se acelerará voluntariamente por el público, al encontrar en el nuevo signo monetario: la estabilidad, la convertibilidad, el ahorro genuino, el acceso al crédito y la proyección a la inversión nacional y extranjera.

 

Buenos Aires, 10 de julio de 1989

 

 

NOTA: Trabajo presentado por el autor ante el "Centro de Estudios para la República", presidido por el Dr. Fernando De la Rúa.